Página de información del Sindicato de Oficios Varios de Toledo de la Confederación Nacional del Trabajo, adherida a la Asociación Internacional de los Trabajadores.

Este blog esta hecho por trabajadores/as y esta dirigido a toda la clase obrera. Intentamos ser lo más plurales posibles dentro de nuestras ideas y prácticas anarcosindicalistas. El blog no tiene por qué compartir las opiniones que no vayan firmadas por este SOV de CNT-AIT Toledo, o por el resto de nuestra organización (CNT-AIT), ni siquiera las de los/as colaboradores/as más habituales. Si te apetece colaborar mandandonos textos, articulos, opiniones, quejas, etc. Mandarlo a toledo@cntait.org
Salud

jueves, 10 de mayo de 2012

Campaña Insumisión-Objeción Fiscal 2012

Ahora, recórtalos tú a ellos...

¡Nuestros impuestos no son para la guerra y el control social!

Campaña Insumisión-Objeción Fiscal 2012

Secretaría de Acción Social CNT

¿Qué es la Objeción Fiscal?

La Objeción Fiscal es una propuesta que viene realizándose desde principios de los años ochenta, con mayor énfasis por grupos y colectivos antimilitaristas y pacifistas en el estado español; pero que también ha sido apoyada y promovida a lo largo de estas tres décadas por diferentes colectivos y movimientos sociales, políticos y sindicales, que rechazan frontalmente el militarismo y cualquier política bélica.

La Objeción Fiscal al Gasto Militar (OFGM) consiste en desobedecer de forma individual una ley o una norma; persiguiendo de este modo, mostrar y materializar por vía de los hechos, que el dinero de nuestros impuestos (el dinero de nuestro trabajo) no se destine a la financiación del ejercito y los cuerpos de seguridad del Estado.

Declararse objetor al gasto militar y realizar la desobediencia fiscal en el ejercicio de la Declaración de la Renta, no es reconocido como un derecho; pero tampoco existe ningún reglamento o disposición legal por el cual el ejercicio de la OFGM sea constitutivo de un delito fiscal y por tanto, de sanción para la persona que la ejerza.

No nos cabe la menor duda y entendemos el ejercicio de la Insumisión/Objeción Fiscal, como una parte complementaria de las diferentes estrategias de lucha de los/as trabajadores/as para cambiar el actual estado de cosas.

¿Por qué hacer la Objeción Fiscal?

El antimilitarismo es uno de los principios de la Confederación Nacional del Trabajo y parte de la estrategia y objetivos de los/as trabajadores/as, para luchar contra los múltiples tentáculos que a través de la historia, han utilizado los poderes y gobiernos para dominarnos, explotarnos y masacrarnos por el ejercicio de la violencia y la represión. Las guerras han sido y son una estrategia de liquidación y control de la clase trabajadora indistintamente de su nacionalidad, porque siempre han respondido a los intereses de los poderes políticos y económicos. Vivimos hoy en una sociedad militarizada, donde el control social gana terreno frente a los derechos y las libertades más básicas de un sistema que se autodenomina democrático y en el que tienen más razones que nunca para continuar implementando y tecnificando esta violencia estructural, que garantiza la supervivencia del modelo económico capitalista; en tiempos en los que la clase trabajadora tenemos por delante un enorme e imprescindible reto, que no es otro que superar y abolir todas estas injusticias desde la organización, la solidaridad y la lucha.

Este año los Presupuestos Generales del Estado (PGE) aprobados por el gobierno del PP, son el mayor exponente de las políticas de aniquilamiento sistemático de los derechos y servicios sociales que son sufragados bajo el principio de la discriminación –a rentas menores porcentualmente impuestos mayores- con la contribución de todos/as los/as trabajadores/as. El desmantelamiento de todos los servicios públicos se ha agudizado e incrementado este año con un recorte de 30.000 millones de euros, más los 10.000 millones “extra”, que afectarán directamente a educación, sanidad, servicios sociales, prestaciones, cultura, ciencia, investigación y un larga lista de servicios dirigidos a cubrir no sólo las necesidades, sino los derechos que todos/as los/as trabajadores/as habíamos conquistado con una larga y dilatada trayectoria de lucha y reivindicación.

En todo este baile de números y cifras, llama la atención y despierta nuestra indignación y rabia, que en los PGE las partidas destinadas al ejercito, su industria, investigación militar y los cuerpos de “seguridad”, sólo han sufrido levemente las tijeras de estos agresivos e injustos recortes; es más algunas de estas partidas han aumentado (I+D+I militar +366 mill.€, Guardia Civil +570 mill.€ ...) y el gasto global, será aumentado en lo que resta de año, en torno a 2.370 millones de euros extra, que saldrán de los fondos de contingencia y otras trampas “políticamente correctas”, como las anunciadas por el propio Ministro de Defensa Pedro Morenés: “Iniciaremos conversaciones con los Ministerios de Haciencia y Administraciones Públicas, Economía y Competitividad, Industria-Energía y Turismo; así como con los grupos parlamentarios y la industria de Defensa, para explorar vías que nos permitan responder a los compromisos adquiridos (Escudo Antimisiles) en los últimos años y que puedan sentar las bases para un marco financiero e industrial más sostenible a largo plazo”-. Los compromisos a los que se refiere, suponen 2.370 millones de euros más, de los cuales 500 millones serán para la inversión en armas y otro tanto, para la inmensa deuda contraída con la industria militar que no se saldará en menos de una década. Así se constata que aún siendo innecesarias por los arsenales bélicos españoles, se han comprado, ¿Para interés de quién?.

Para entender estas cifras, hay que señalar que no toda la partida presupuestaria destinada a defensa, va únicamente al Ministerio en cuestión, sino a otros organismos e inversiones directamente relacionadas con Defensa, la industria militar, el I+D+I militar y “seguridad” ciudadana. Los números llaman a la reflexión como mínimo y a la oposición y rechazo absoluto. Estamos hablando de un total de 18337 millones de euros en gasto militar global, lo que supone un 1,3% menos respecto al 2011; esto sin sumar los 2370 millones extra que saldrán de otras partidas en lo que resta de año, sumando un total de 20,707 millones de euros previstos para el 2012.

Y si todo esto no es suficiente, basta recordar que otros tantos millones de euros son destinados a rescatar a las cajas de ahorro y entidades bancarias, deuda pública e intereses por préstamos, la iglesia católica que no ha visto disminuido un sólo céntimo, la Casa Real, salarios de políticos, subvenciones a la patronal, a la escuela privada y concertada, mutuas y empresas privadas de sanidad, cargos de confianza, sindicatos como CCOO y UGT y otros tantos que ejercen para que nada cambie...

¿Cómo hacer la Objeción Fiscal?

  1. La objeción Fiscal (OFGM) se realiza rellenando el impreso que facilita la Agencia Tributaria para hacer la Declaración de la Renta. Es aconsejable hacer la declaración ordinaria o simplificada. Se puede hacer a mano sobre el formulario o con la aplicación que facilita la propia Agencia Tributaria.

  2. Es imprescindible notificar nuestra demanda al Estado, en este caso al director de la delegación de la Agencia Tributaria que te corresponda, exponiéndole los motivos de tu OCGM y comunicando el importe y el proyecto al que has destinado el mismo. En internet puedes encontrar modelos o plantillas que te serán muy útiles (ver www.cnt.es).

  3. No esperes a que la Agencia Tributaria acepte tu petición, es aconsejable ingresar la cantidad directamente al proyecto que hayas elegido y no es necesario que el ingreso se haya realizado en el ejercicio (2011), aunque esto sea imprescindible en la normativa que regula los ejercicios fiscales. En este caso, estás practicando la insumisión/objeción fiscal; es decir, no te riges por ninguna ley.

  4. Una vez hayas realizado el ingreso, solicita o imprime dos recibos con la aportación al proyecto al que has realizado la transferencia. Adjunta uno de ellos a tu declaración y el otro guárdalo y consérvalo.

  5. En la casilla “cuota resultante de la autoliquidación”, que es la que indica los impuestos que tenemos que pagar y sobre este resultado, puedes aplicar un descuento de un 6% (cantidad de los PGE a gastos militares) y/o también, el total que pagamos por persona y año en gastos militares, que en este ejercicio corresponde a 666.14€. Recuerda que la Objeción Fiscal es una acción política independientemente del resultado de la misma, existen opciones como motivos tengas para hacerlo, la decisión te corresponde a ti.

  6. Sobre las casillas no utilizadas del apartado “Retenciones y demás pagos a cuenta”, tachas la que indica “por ganancias patrimoniales incluidos premios” y pones encima "por objeción fiscal a los gastos militares" y el importe objetado, y continúas el cálculo hasta finalizar. (siguientes pasos e información complementaria sobre la OCGM, consecuencias legales y ejemplos prácticos en nodo50.org/objecionfiscal )

¿A qué tipo de proyecto puedo ingresar mi Objeción Fiscal?

Como ya hemos dicho antes, la Insumisión-Objeción Fiscal es una acción política, tanto los límites en la cantidad a objetar, como el proyecto al que destinarlo en una decisión que sólo le corresponde a quien la realiza. Desde la Confederación Nacional del Trabajo impulsamos y apoyamos este tipo de acciones, dado que entendemos que en el propio ejercicio de la desobediencia y la insumisión, se realiza en sí una acción política, no sólo contra el gasto militar, sino sobre el propio sistema y la autonomía y la libertad de cada individuo en colaborar con el régimen social en el que hoy vivimos. Lo importante aquí, no es a dónde se destina el dinero, sino el por qué y para qué... la decisión es tuya, ánimo!

La Confederación Nacional del Trabajo sugiere desviar tu objeción fiscal a la Fundación de Estudios Libertarios Anselmo Lorenzo, entidad sin ánimo de lucro constituida en 1987 por la CNT, más información en http://fal.cnt.es

AdjuntoTamaño
Modelo Carta Cuota Cero30.57 KB
Modelo Desvío Objeción Fiscal32.65 KB
Carte A32.89 MB
Díptico Objeción Fiscal1.32 MB

No hay comentarios: